Comunidades de Propietarios: obras de reparación en la finca.

14.11.2017

Existen tres tipos de obras de reparación en una finca:

a.- Obras de reparación ordinarias: son aquellas que son necesarias para reparar los desperfectos causados por el uso habitual del inmueble. 

El artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que le corresponde a la Junta de Propietarios "aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, y ser informada de las medidas urgentes adoptadas por el Administrador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 c)".

b.- Obras de reparación extraordinarias: son aquellas necesarias para reparar desperfectos que no han sido provocados por un uso habitual del inmueble, como por ejemplo, los daños causados por una inundación, incendio, accidentes, reparaciones de daños estructurales causados por defectos de la construcción; correspondiendo que la ejecución de las mismas debe ser aprobadas por la Junta de propietarios (artículos 14 y 20 de la Ley de Propiedad Horizontal).

c.- Obras de reparación urgentes: son aquellas que por su gravedad y necesidad serán ordenadas por el Administrador en el uso habitual de sus funciones y de acuerdo con el artículo 20.c de la Ley de Propiedad Horizontal.

El Administrador podrá ordenar la realización de cualquier reparación que considere urgente para la conservación del inmueble, con la obligación de dar cuenta inmediata al Presidente, o, en su caso, a los propietarios.

Abogados Moliner, Calle Colón nº 97, Burjassot  (Valencia), C.P. : 46100; Teléfono: 963645450
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